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CAMINO DE SERVICIO .
Vía de acceso y de circulación en un viñedo y los márgenes dejados para facilitar las labores.


FRASCA .
FRASCA
Típica botella de vidrio utilizada para el servicio de chatos de vino en las tabernas.











CAMPO DE BORJA .
CAMPO DE BORJA
Denominación de Origen.

Una Denominación de Origen joven, nacida en 1980, pero que ha sabido recorrer con paso decidido y seguro el camino hacia la consecución de unos objetivos marcados por la calidad total en sus vinos y la conquista de los mercados nacionales e internacionales. La Denominación de Origen "Campo de Borja" la integran los términos municipales de 16 pueblos y está situada al noroeste de la provincia de Zaragoza, a 60 Km. de la capital, en una zona de transición entre las montañas del Sistema Ibérico y el Valle del Ebro, el río que acaricia su viñedo. El mismo que pocos kilómetros antes cruza una de las zonas vitivinícolas más importantes del mundo: Rioja.

Zona de producción
Zaragoza
Agón, Ainzón, Alberite, Albeta, Ambel, Bisimbre, Borja, Bulbuente, Bureta, El buste, Fuendejalón, Magallón, Maleján, Pozuelo de aragón, Tabuenca, Vera de moncayo,

Superficie: 6.270 Ha.

Variedades
Tintas autorizadas: Garnacha tinta, Mazuela, Tempranillo, Cabernet Sauvignon, Merlot, Syrah
Blancas autorizadas: Macabeo, Chardonnay, Moscatel de Alejandría


Consejo Regulador
Avda. San Andrés, 6
50570 - Ainzón
Zaragoza - España
http://www.campodeborja.com


Legislación
  • ORDEN APA/2774/2002, de 24 de octubre, por la que se ratifica el Reglamento de la Denominación de Origen «Campo de Borja» y de su Consejo Regulador.



MÁLAGA Y SIERRAS DE MÁLAGA .
MÁLAGA Y SIERRAS DE MÁLAGA
Denominación de Origen.

El vino de Málaga aporta en la cata multitud sensaciones. La gran gama de colores,de aromas y sabores, hacen del "Málaga" un vino que invita a la curiosidad, porque cada vino de Málaga es un nuevo descubrimiento.
Colores desde el amarillo hasta el negro; aromas florales y frutales, en los vinos más jóvenes, y complejos en los vinos añejos y trasañejos; y sabores que van desde los varietales a los propios de los vinos muy envejecidos, y desde los secos a los dulces, nos permiten elegir un Málaga de acuerdo con nuestro gusto para cada momento.

En la cocina, el vino "Málaga" aporta toda su complejidad organoléptica, dando como resultado platos que son auténticos manjares. La coctelería, y la fabricación de helados, son otras de las utilidades gastronómicas más recomendadas del vino de Málaga.

Los vinos de D.O. Sierras de Málaga, blancos, tintos y rosados completan la oferta vinícola de Málaga, con vinos naturales y vinos con un gran despliegue de aromas.

Zona de producción
Málaga
Alameda, Alcaucín, Alfarnate, Alfarnatejo, Algarrobo, Alhaurín de la torre, Almachar, Almargen, Almogia, Alora, Antequera, Archez, Archidona, Arenas, Arriate, Atajate, Benadalid, Benamargosa, Benamejí, Benomocarra, Borge, Campillos, Canillas de aceituno, Canillas de albaida, Cártama, Casabermeja, Casares, Colmenar, Comares, Cómpeta, Cuevas bajas, Cuevas de san marcos, Cutar, Estepona, Frigiliana, Fuentepiedra, Gaucín, Humilladero, Iznate, Macharaviaya, Málaga, Manilva, Moclinejo, Mollina, Nerja, Palenciana, Periana, Pizarra, Rincon de la victoria, Riogordo, Ronda, Salares, Sayalonga, Sedella, Sierra de yegüas, Torremolinos, Torrox, Totalán, Vélez- málaga, Villanueva de algaidas, Villanueva de tapia, Villanueva del rosario, Villanueva del trabuco, Viñuela,

Superficie: 1.172 Ha.

Variedades
Blancas autorizadas: Lairén, Doradilla, Romé
Blancas preferentes: Pedro Ximenez, Moscatel de Alejandría, Moscatel de grano menudo


Riego:
El Consejo Regulador podrá autorizar el riego de las plantaciones inscritas, en las campañas que se determinen, y en las condiciones que se establezcan por el propio Consejo Regulador, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (CE) 1493/99 del Consejo, de 17 de mayo.

Consejo Regulador
Fernando Camino, 2, 3º 3.
29016 - Málaga
Málaga - España
http://www.vinomalaga.com/


Legislación
  • ORDEN de 22 de noviembre de 2001 por la que se ratifica el Reglamento de las Denominaciones de origen «Málaga» y «Sierra de Málaga» y de su Consejo Regulador.
  • ORDEN APA/2436/2005, de 4 de julio, por la que se dispone la publicación de la Orden de 23 de septiembre de 2004, de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, por la que se aprueba la unificación de los consejos reguladores de las denominaciones de origen de Málaga, Sierras de Málaga y Pasas de Málaga.



RIBEIRA SACRA .
RIBEIRA SACRA
Denominación de Origen.

En el año 1993 se aprobó la denominación Viños da Terra, pero el despegue definitivo y progresivo no se produjo hasta 1996 con la aprobación definitiva de la Denominación de Origen. El único camino que le queda hoy a una comunidad de productores es la profesionalización de la gestión, regla sagrada para competir con acierto en los mercados.

El Consejo Regulador de Ribeira Sacra tiene tres cometidos esenciales: garantizar el origen del producto, asegurar la calidad del mismo y promocionar los vinos producidos al amparo de la D.O.

En los aspectos puramente productivos, el personal cualificado del Consejo y una comisión técnica independiente se encargan de los controles para que el producto final cumpla las normas previstas por el Consejo relativas al vino.

Zona de producción
Lugo
A pobra de trives, A pobra do brollón, A teixeira, Carballedo, Chantada, Monforte de lemos, O saviñao, Peroxa, Quiroga, Ribas de sil, Sober, Taboada,
Orense
A pobra de trives, Castro caldelas, Manzaneda, Nogueira de ramuín, Pantón, Parada de sil, Ribeiras de sil,

Superficie: 1.242 Ha.

Variedades
Tintas autorizadas: Sousón, Caíño tinto, Garnacha tintorera, Mouratón (Negreda) y Tempranillo
Tintas preferentes:: Mencía, Brancellao y Merenzao
Blancas preferentes:: Loureira, Treixadura, Godello, Dona Blanca, Albariño y Torrontés


Consejo Regulador
Rúa Pescaderías, 1
27400 - Monforte de Lemos
Lugo - España
http://www.ribeirasacra.org


Legislación
  • Orden de 3 de septiembre de 1996 por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Ribeira Sacra y de su Consejo Regulador.
  • Orde do 3 de setembro de 1996 pola que se aproba o Regulamento da Denominación de Orixe Ribeira Sacra e do seu Consello Regulador
  • Orden de 14 de julio de 2006 por la que se modifica el Reglamento de la denominación de origen Ribeira Sacra y de su consejo regulador.
  • Orde do 14 de xullo de 2006 pola que se modifica o Regulamento da denominación de orixe Ribeira Sacra e do seu consello regulador.
  • ORDEN APA/1405/2007, de 25 de abril, por la que se publica la Orden de 14 de julio de 2006, de la Consejería del Medio Rural de la Junta de Galicia, por la que se modifica el Reglamento de la Denominación de Origen «Ribeira Sacra» y de su Consejo Regulador.



VALDEORRAS .
VALDEORRAS
Denominación de Origen.

Valdeorras, comarca situada en la parte Sur-Occidental de la provincia de Ourense, es la puerta natural de entrada a Galicia.

Está moldeada por un profundo valle fértil y luminoso por el que discurre apacible e río Sil, señor de un paisaje mágico de granito y pizarra. Tierras rojas y negras donde crece el castaño, la vid y el olivo.

Valdeorras, cruzada de este a oeste por la vía XVIII o Vía Nova que comunicaba Braga con Astorga, fue tierra de paso y destino de las legiones romanas que vinieron a explotar sus recursos auríferos y donde, al amparo de un microclima especial mediterráneo-oceánico, plantaron las primeras cepas y construyeron lagares.

Así, fueron dando origen a una tradición y cultura, hoy secular en el cultivo de la vid y la elaboración de exquisitos vinos que cantaron los romeros y peregrinos que seguían el Camino Real hacia la tumba del Apóstol Santiago

Zona de producción
Orense
A rúa de valdeorras, Carballeda de valdeorras, Larouco, O barco de valdeorras, O bolo, Petín, Rubiá, Vilamartín de valdeorras,

Superficie: 1.330 Ha.

Variedades
Tintas autorizadas: Garnacha tintorera, Gran Negro y Tempranillo
Tintas preferentes:: Brancellao, Mencía, Merenzao (María Ardoña o Bastardo) y Sousón
Blancas autorizadas: Palomino
Blancas preferentes:: Dona Branca (Moza Fresca) y Godello


Consejo Regulador
Ctra. N-120, P.K. 463
32340 - Villamartín
Ourense - España
http://www.dovaldeorras.com/

Legislación
  • ORDEN de 24 de febrero de 1977 por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen Valdeorras y de su Consejo Regulador
  • ORDEN de 9 de mayo de 2000 por la que se ratifica la modificación del Reglamento de la Denominación de Origen «Valdeorras» y de su Consejo Regulador.
  • Orden de 7 de marzo de 2005 por la que se modifica el reglamento de la denominación de origen Valdeorras y de su consejo regulador.
  • ORDEN APA/2498/2005, de 7 de julio, por la que se dispone la publicación de la Orden de 7 de marzo de 2005, de la Consejería de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural de la Junta de Galicia, por la que se modifica el reglamento de la denominación de origen Valdeorras y de su consejo regulador



GUARDA .
Hilera de cepas colocadas junto a un camino u otro accidente orográfico para proteger al resto de las cepas de la parcela.


SOMMELIER .
Persona que en un hotel, restaurante o similar está al cargo de la elección, compra, conservación y servicio del vino.


ESCANCIADOR .
Especialista (Sommellier) que se ocupa del cuidado, conservación y servicio del vino en un restaurante.

Antiguamente se llamaba también copero o chambelán.


RIBERA DEL JúCAR (DENOMINACIóN DE ORIGEN) .
RIBERA DEL JúCAR (DENOMINACIóN DE ORIGEN)
Denominación de Origen.

La excelencia de la tierra, el clima, la adecuada vendimia, se complementan en Ribera del Júcar con modernos laboratorios e innovadoras naves de crianza que, junto a la experiencia y saber hacer, nos permiten obtener caldos de la más alta calidad.
Vinos poco astringentes, elegantes, brillantes, suaves y a la vez profundos, con un perfecto equilibrio de acidez y tanicidad, con ese color púrpura tan característico de la Ribera del Jucar.

Zona de producción
Cuenca
Casas de benítez, Casas de fernando alonso, Casas de guijarro, Casas de haro, El picazo, Pozoamargo, Sisante,

Superficie: 9.141 Ha.

Variedades
Tintas autorizadas: Tempranillo, Cabernet Sauvignon, Merlot, Syrah, Bobal.


Riego:
Las condiciones ecológicas serán tenidas en cuenta a la hora de aplicar los riegos, que serán de apoyo en invierno y de socorro en verano, encaminados al mantenimiento de los sistemas radicular y leñoso y de la masa foliar del viñedo. Con tal objeto, serán seguidas las recomendaciones elaboradas para este cultivo por el Servicio Integral de Asesoramiento al Regante a partir de los datos suministrados por las estaciones agroclimáticas existentes en la comarca.


Consejo Regulador
Plaza Del Ayuntamiento S/N
16708 - Pozoamargo
Cuenca - España
http://www.vinosriberadeljucar.com

Legislación
  • Orden de 27 de enero de 2003 de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente por la que se establecen las normas de producción de los vinos de la denominación de origen «Ribera del Júcar».
  • ORDEN APA/1634/2003, de 9 de junio, por la que se ratifica la Orden de 27 de enero de 2003 de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por la que se establecen las normas de producción de los vinos de la denominación de origen «Ribera del Júcar».



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