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1 definición encontrada
- EMPORDÃ .
- Denominación de Origen.
Es una llanura cerrada al norte por la sierra de L'Albera, al sur por las lomas que separar el rÃo Fluviá del Muga, al oeste por la sierra del Mont y al este la Costa Brava.
Zona de producción
Girona
Agullana, Avinyonet de puigventós, Begur, Biure, Boadella i les escaules, Cabanes, Cadaqués, Calonge, Cantallops, Capmany, Castell-platja dâaro, Cistella, Colera, Darnius, Espolla, Figueres, Forallac, Garriguella, La jonquera, Llançà , Llers, Masarac, Mollet de peralada, Mont-ras, Palafrugell, Palamós, Palau-sator, Palau-saverdera, Pals, Pau, Pedret i marzà , Peralada, Pont de molins, Port de la selva, Portbou, Rabós, Regencós, Roses, Sant climent sescebes, Selva de mar, Terrades, Torrent, Torroella de montgrÃ, Vall-llobrega, Vilafant, Vilajuïga, Vilamaniscle, Vilanant,
Superficie: 2.475 Ha.
Variedades
Tintas autorizadas: Cabernet sauvignon, Cabernet franc, Merlot, Monastrell, Tempranillo, Syrah, Garnacha peluda
Tintas preferentes: Samsó, Garnacha tinta o lladoner tinto
Blancas autorizadas: Chardonnay, Gewurztraminer, MalvasÃa, Moscatel de grano menudo, Picapoll blanco, Sauvignon blanco, Xarello
Blancas preferentes: Garnacha blanca o lladoner blanco, Macabeo o viura, Moscatel de AlejandrÃa
Riego:
La práctica de riego, que deberá ser autorizada por el Consejo Regulador, se podrá llevar a cabo únicamente con el objeto de mejorar la calidad de la uva, su grado alcohólico y su acidez. Las parcelas de viña podrán ser reequilibradas hÃdricamente atendiendo tanto a las condiciones hÃdricas del suelo como a las condiciones ecológicas de la viña.
En todo caso, no se autorizará el riego después del envero de las uvas.
El Consejo Regulador realizará un control de calidad especÃfico del grado alcohólico y de la acidez de la uva de las viñas hÃdricamente reequilibradas.
Atendiendo a la capacidad de retención de agua de los diferentes tipos de suelos, y para mejorar la capacidad vegetativa de la cepa, el Consejo Regulador velará para que las parcelas de viña sean hÃdricamente reequilibradas tanto cuando finalice la vendimia en otoño como también cuando finalice el perÃodo invernal.
El Consejo Regulador se reserva el derecho a suspender las autorizaciones de riego según las variaciones de la calidad de la uva y del régimen hÃdrico del año vitivinÃcola.
Consejo Regulador
Avda. Marignane, 2
17600 - Figueras
Girona - España
Legislación
- ARP/63/2006, de 16 de febrero, por la que se
aprueba el Reglamento de la Denominación de
Origen Empordà .
- ARP/63/2006, de 16 de febrer, per la qual sâaprova el Reglament de la Denominació dâOrigen Empordà .